CONOZCA SUS DERECHOS COMO INMIGRANTE


Conozca sus derecho como Inmigrante Documentado e Indocumentado

Conozca sus derecho como Inmigrante Documentado e Indocumentado

Todos tenemos derechos constitucionales independientemente del estatus migratorio

Detenido por la Policía o ICE

Cómo reducir el riesgo para ti mismo

  • Mantenga la calma y no resista ni obstruya a los agentes u oficiales.
  • No mienta ni dar documentos falsos.
  • Prepárate y prepara a su familia en caso de que te arrestan. Memorice los números de teléfono de su familia y su abogado/a.
  • Haga planes de emergencia si tiene hijos o toma medicamentos.

SUS DERECHOS

  • Usted tiene derecho a permanecer en silencio. Si desea ejercer ese derecho, dígalo en voz alta. (En algunos estados, se le puede solicitar que proporcione su nombre si se le pide que se identifique).
  • No tiene que dar su consentimiento para que lo registren a usted mismo ni a sus pertenencias, sin embargo la policía puede buscar su ropa si sospecha de un arma.
  • Si es arrestado por la policía, tiene derecho a un abogado/a designado por el gobierno.
  • Si es detenido por ICE, tiene derecho a consultar con un abogado/a, pero el gobierno no está obligado a proporcionarle uno. Puede solicitar una lista de alternativas gratuitas o de bajo costo.
  • Usted tiene derecho a permanecer en silencio. No tiene que responder a preguntas acerca de dónde nació, si es ciudadano de los EE.UU ni cómo ingresó al país. (Se aplican reglas distintas en los cruces fronterizos internacionales y aeropuertos, y a individuos con ciertas visas de noinmigrantes, incluyendo los turistas y las personas en viajes de negocios.)

Detenido por la Policía, ICE, o la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) en Tránsito

Cómo reducir el riesgo para usted mismo

Mantenga la calma. No corra, arguya ni obstruya al oficial o agente. Mantenga las manos alzadas donde pueden verse.

Si está un un auto, estaciónese en un lugar seguro tan rápido posible. Apague el motor, prenda la luz interna, abra la ventana parcialmente y ponga las manos en el volante. De ser pedido, muéstrele a la policía su licencia de manejar, registración y prueba de seguro.

Si usted no es un ciudadano estadounidense y un agente de inmigración pide sus documentos, usted debe mostrárselos si los tiene. Si usted es mayor de 18 años de edad, lleve sus documentos migratorios consigo en todo momento. Si no tiene sus documentos migratorios, diga que desea derecho a permanecer en silencio.

SUS DERECHOS

  • EN UN AUTO:
    • Conductores y pasajeros tienen el derecho a permanecer en silencio. Si usted es un pasajero, puede preguntar si está permitido a irse. Si el agente dice que sí, márchese con calma.
    • Si un policía o agente de inmigración pide revisar el interior de su auto, puede negarse a consentir a la revisión. Pero si la policía generalmente cree que su auto contiene evidencia de un crimen, se puede registrar su auto sin su consentimiento.
    • Además de la policía, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) lleva a cabo “patrullas ambulantes” por el interior de los EE.UU., deteniendo a motoristas. CBP debe tener una sospecha razonable que el conductor o los pasajeros en un carro hayan cometido una violación migratoria o un crimen federal.
    • Cualquier arresto o detención prolongada de parte de CBP require causa probable. Puede preguntarles a los agentes la base de la causa probable y deben decírsela. En esta situación, tanto el conductor como los pasajeros tienen el derecho a permanecer en silencio y no contestar preguntas sobre sus estatus de inmigración.
  • EN UN AVIÓN:
    • Un piloto puede negarse a transportar a un pasajero si él o ella razonablemente cree que el pasajero es una amenaza para la seguridad del vuelo. Un piloto no puede, sin embargo, interrogarlo/la ni negarse a permitirlo/la a bordo del vuelo por prejuicios basados en su religión, raza, origen nacional, género, etnicidad, o creencias políticas.
    • Si usted cree que está por error en una lista de exclusión aérea, debe comunicarse con la TSA y presentar una petición usando el Traveler Redress Inquiry Process.
  • EN AUTOBUSES Y TRENES:
    • Agentes de CBP pueden abordar autobuses y trenes en la región dentro de 100 millas de la frontera, o en la estación o durante el viaje del autobús. Más de un agente típicamente aborda el autobús y les harán preguntas a los pasajeros sobre su estatus migratorio, pedirles documentos migratorios, o los dos.
    • Estas preguntas deben ser breves y relacionadas a verificar su presencia legal en los EE.UU. Usted no está obligado a responder y puede decir simplemente que no desea hacerlo. Como siempre, tiene el derecho de guardar silencio.

Si cree que sus Derecho han sido Violados

  • Apunte todo lo que pueda recordar, incluyendo los números de las placas de los agentes y de su carro patrulla, de qué agencia son, y cualquier otro detalle. Obtenga los datos de contacto de testigos.
  • Si está herido, busque atención médica de inmediato y tome fotografías de sus heridas.
  • Presente una denuncia con la división de asuntos internos o o la junta civil que examina quejas de la agencia. En la mayoría de los casos, puede presentar una denuncia anónimamente.

La Policía o ICE están en mi casa

  • Mantén la calma y cierra la puerta. Es más seguro hablar con ICE a través de la puerta hasta que vea un registro judicial adecuado o una orden de arresto.
  • SUS DERECHOS COMO INMIGRANTE EN ESTADOS UNIDOS
  • Usted tiene derecho a permanecer en silencio, incluso si el oficial tiene una orden judicial.
  • No tiene que permitir que la policía o los agentes de inmigración entren a su hogar a menos que tengan ciertos tipos de órdenes judiciales.
  • Si la policía tiene una orden de arresto, se les permite legalmente ingresar a la casa de la persona en la orden si creen que esa persona está adentro. Pero una orden de expulsión / deportación (formulario I-205) no permite que los agentes ingresen a una casa sin su consentimiento.

¿Qué hacer cuando llega la Policía o ICE?

  • Pregunte si son agentes de inmigración y para qué están allí.
  • Pregúntale al agente o al oficial que le muestre una identificación o identificación a través de la ventana o mirilla.
  • No abra la puerta a menos que ICE le muestre una orden judicial de registro o una orden de arresto por una persona en su residencia y / o áreas a ser registradas en su dirección. Si no producen una orden, mantenga la puerta cerrada. Diga: “No consiento a su entrada.”
  • Pregunte si tienen una orden firmada por un juez. Si dicen que lo hacen, tienen una orden, pídales que pasen la orden debajo de la puerta o poniéndola contra una ventana para que pueda inspeccionarlo.
  • No mienta ni produzca ningún documento falso. No firme ningún documento sin hablar primero con un abogado/a.
  • Si los agentes como quiera abren paso a la fuerza, no trate de resistirse. Si desea ejercer sus derechos, diga: “No consiento a su entrada o su registro de este lugar. Estoy ejerciendo mi derecho a guardar silencio. Deseo hablar con un abogado/a tan pronto como sea posible”.
  • Si se encuentra en período de prueba con una condición de búsqueda, las autoridades policiales pueden ingresar a su hogar.
Fuente: aclu.org